miércoles, junio 10

 

ESTADO, INTEGRACIÓN REGIONAL Y GLOBALIZACIÓN. Medios Alternativos de Solución de Conflictos

1.- Definición de los Medios Alternativos de Solución de Conflictos.
Los medios alternativos de solución de conflictos o MASC son aquellos procedimientos que buscan la solución a los conflictos entre las partes, ya sea de manera directa entre ellas o mediante la intervención de un tercero imparcial.

2.- Concepto de Arbitraje, características y aspectos legales.
Es un método de solución de controversias en virtud del cual las partes acuerdan (convenio arbitral), someter la solución de determinados conflictos que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto a una determinada relación jurídica a la decisión (laudo arbitral), de uno o varios terceros (arbitro). El arbitraje es un sistema de solución de conflictos en que la voluntad de las partes, se somete a la voluntad de un tercero.

Características:

Aspectos Legales:
El arbitraje, comparte con el sistema judicial la característica de ser adversarial y adjudicativo. El tercero neutral no auxilia a las partes para que estas acuerden la solución, sino que se las impone mediante el dictado de un fallo igual en sus efectos a una sentencia judicial. Como naturaleza jurisdiccional se puede hallar en el Libro IV del Código de Procedimiento Civil, Ley de Arbitraje Comercial y también en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, además en el artículo 615 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 5 de la LAC.

3. Concepto de Mediación, características y aspectos legales.
Para Gerard Couturier, se trata de un procedimiento de investigación completo que conlleva a proponer precisas recomendaciones para solucionar un conflicto. Para Ruprecht es un medio de solución de los conflictos por el cual las partes ocurren ante un órgano designado por ellas o instituido oficialmente, el cual propone una solución que puede o no ser acogida por las partes.

Características:

Aspectos Legales:
Marco Constitucional: Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
“La ley organizará la justicia de paz en las comunidades. Los jueces y juezas de paz serán elegidos o elegidas por votación universal, directa y secreta, conforme a la ley. La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualquier otro medio alternativo para la solución de conflictos”

Marco Constitucional: Código de Procedimiento Civil, Comercial, Ley Orgánica del Trabajo, Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Código Orgánico Tributario, Ley de Protección al Consumidor y al Usuario.

4.- Concepto de Investigación, características y aspectos legales.
La investigación desarrolla un proceso estructurado en un lógica interna generalmente aceptada como científica.

Características:
La investigación es un proceso que debe cumplir con las siguientes características o etapas: Formulación del problema, Recolección de datos, Evaluación de la evidencia, análisis e interpretación de la información y Presentación de los resultados.

Aspecto legal.
Se hace absolutamente necesario que la investigación cumpla con ciertas normas impuestas por las leyes del estado con el fin de preservar la integridad tanto de las pruebas, los entes implicados y la investigación en sí.


5.- Semejanzas de Arbitraje, mediación e Investigación.
Al igual que en la conciliación, al mediador lo escogen o eligen las partes o un tercero. Además entre el arbitraje y la mediación encontramos que en ambos se dan de forma confidencial y ambos existe la celeridad. Se debe decir que la relación existencia de éstas dos con la investigación es que para efectuar cualquier acto de arbitraje y la mediación se hace necesario indagar en todos las acciones que pudieron dar lugar al conflicto con el de lograr entre las partes puntos en común para efectuar la solución del conflicto.

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